La Comisión Europea ha aprobado, en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE, las modificaciones de un régimen español para compensar parcialmente a determinadas empresas de elevado consumo energético por el aumento de los precios de la electricidad derivado del impacto de los precios del carbono en los costes de generación de electricidad (denominados «costes de emisiones indirectas») en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE).
El régimen fue aprobado originalmente por la Comisión el 16 de marzo de 2022 (SA.100004). En virtud del régimen, la compensación se concede a las empresas admisibles mediante un reembolso parcial de los costes de las emisiones indirectas soportados entre 2021 y 2030. La compensación se concede por los costes de emisiones indirectas asumidos el año anterior, con un pago final que se realizará en 2031.
España notificó las siguientes modificaciones del régimen existente: i) un aumento presupuestario de 5 610 millones EUR que dará lugar a un presupuesto global de 8 510 millones EUR para compensar los costes de 2022 a 2030, con el fin de tener en cuenta el aumento del precio a plazo de los derechos de emisión del RCDE de la UE; y ii) la introducción de un requisito adicional de admisibilidad, según el cual los beneficiarios de ayudas superiores a 30 000 EUR deben pagar a sus proveedores en un plazo máximo de 60 días, de conformidad con las normas nacionales.
La Comisión evaluó el régimen modificado con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE y, en particular, las Directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero después de 2021 (en lo sucesivo, «Directrices sobre ayudas estatales del RCDE»). La Comisión consideró que el régimen modificado sigue siendo necesario y adecuado para ayudar a las empresas de gran consumo energético a hacer frente al aumento de los precios de la electricidad y evitar que las empresas se trasladen a países no pertenecientes a la UE con políticas climáticas menos ambiciosas, lo que daría lugar a un aumento de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero. Además, la Comisión constató que el régimen modificado sigue cumpliendo los requisitos establecidos en las Directrices sobre ayudas estatales del RCDE. Por último, la Comisión concluyó que la ayuda concedida sigue limitándose al mínimo necesario y que no tendrá efectos negativos indebidos sobre la competencia y el comercio en la UE. Sobre esta base, la Comisión ha aprobado las modificaciones con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.
La versión no confidencial de la Decisión se publicará con el número SA.106491 en el registro de ayudas estatales del sitio web de competencia de la Comisión una vez que se hayan resuelto los problemas de confidencialidad.
Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España
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