La Comisión Europea ha incoado hoy un procedimiento formal para evaluar si Meta, el proveedor de Facebook e Instagram, puede haber infringido la Ley de Servicios Digitales.
La presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, ha declarado: «Esta Comisión ha creado medios para proteger a los ciudadanos europeos de la desinformación y la manipulación selectivas por parte de terceros países. Si sospechablamos de una infracción de las normas, actuamos. Esto es cierto en todo momento, pero especialmente en tiempos de elecciones democráticas. Las grandes plataformas digitales deben estar a la altura de sus obligaciones de destinar recursos suficientes a esta cuestión, y la decisión de hoy muestra que somos serios en cuanto al cumplimiento. Proteger nuestras democracias es una lucha común con nuestros Estados miembros. Hoy en Praga quiero agradecer al primer ministro Fiala su activo papel a la hora de plantear la cuestión a escala europea, junto con la activación por parte de Bélgica del mecanismo de emergencia para el intercambio de información entre los Estados miembros».
Las presuntas infracciones abarcan las políticas y prácticas de Meta relativas a la publicidad engañosa y al contenido político en sus servicios. También se refieren a la falta de disponibilidad de un discurso cívico efectivo y de un instrumento de seguimiento electoral de terceros antes de las elecciones al Parlamento Europeo, en el contexto de la depresión por parte de Meta de su herramienta de información pública en tiempo real CrowdTangh sin una sustitución adecuada.
Además, la Comisión sospecha que el mecanismo para señalar contenidos ilícitos en los servicios («Notice-and Action»), así como los mecanismos internos de recurso y reclamación de los usuarios, no cumplen los requisitos de la Ley de Servicios Digitales y que existen deficiencias en la prestación de acceso de Meta a los datos públicamente disponibles a los investigadores. La incoación del procedimiento se basa en un análisis preliminar del informe de evaluación de riesgos enviado por Meta en septiembre de 2023, en las respuestas de Meta a las solicitudes formales de información de la Comisión (sobre contenidos ilícitos y desinformación, acceso a los datos, suscripción a la política de ausencia de anuncios e IA generativa), en informes de acceso público y en el propio análisis de la Comisión.
El presente procedimiento se centrará en los siguientes ámbitos:
Si se demuestra, estos incumplimientos constituirían infracciones de los artículos 14 (1), 16 (1), 16 (5), 16 (6), 17 (1), 20 (1), 20 (3), 24 (5), 25 (1), 34 (1), 34 (2), 35 (1) y 40 (12) de la Ley de Servicios Digitales. La Comisión llevará a cabo ahora una investigación exhaustiva con carácter prioritario. La incoación de un procedimiento formal no prejuzga su resultado.
La actual incoación del procedimiento se entiende sin perjuicio de cualquier otro procedimiento que la Comisión pueda decidir incoar sobre cualquier otra conducta que pueda constituir una infracción con arreglo a la Ley de Servicios Digitales.
Tras la incoación formal del procedimiento, la Comisión seguirá recabando pruebas, por ejemplo enviando solicitudes de información adicionales, realizando entrevistas o inspecciones.
La incoación de procedimientos formales faculta a la Comisión para adoptar nuevas medidas de ejecución, como medidas provisionales y decisiones de incumplimiento. La Comisión también está facultada para aceptar los compromisos asumidos por Meta para resolver las cuestiones planteadas en el procedimiento. La Ley de Servicios Digitales no establece ningún plazo legal para poner fin a los procedimientos formales. La duración de una investigación en profundidad depende de varios factores, entre ellos la complejidad del asunto, el grado de cooperación de la empresa afectada con la Comisión y el ejercicio del derecho de defensa.
La incoación de procedimientos formales exime a los coordinadores de servicios digitales, o a cualquier otra autoridad competente de los Estados miembros de la UE, de sus facultades para supervisar y hacer cumplir la Ley de Servicios Digitales en relación con las presuntas infracciones de los artículos 14 (1), 16 (5), 16 (6), 17 (1), 20 (1), 20 (3), 24 (1), 25 (5), 16 (1) y 40 (12).
Facebook e Instagram fueron designados plataformas en línea de muy gran tamaño el 25 de abril de 2023 en virtud de la Ley de Servicios Digitales de la UE, ya que ambos tienen más de 45 millones de usuarios activos mensuales en la UE. Como plataformas en línea de muy gran tamaño, cuatro meses después de su designación, es decir, a finales de agosto de 2023, Facebook e Instagram tuvieron que empezar a cumplir una serie de obligaciones establecidas en la Ley de Servicios Digitales.
Desde el 17 de febrero, la Ley de Servicios Digitales se aplica a todos los intermediarios en línea en la UE.
Texto del Diario Oficial de la UE que contiene la Ley de Servicios Digitales
Entrada en vigor general de la Ley de Servicios Digitales
Marco de aplicación en virtud de la Ley de servicios digitales
Norma sobre servicios digitales: preguntas y respuestas
Esta Comisión ha creado medios para proteger a los ciudadanos europeos de la desinformación y la manipulación selectivas por parte de terceros países. Si sospechablamos de una infracción de las normas, actuamos. Esto es cierto en todo momento, pero especialmente en tiempos de elecciones democráticas. Las grandes plataformas digitales deben estar a la altura de sus obligaciones de destinar recursos suficientes a esta cuestión, y la decisión de hoy muestra que somos serios en cuanto al cumplimiento. Proteger nuestras democracias es una lucha común con nuestros Estados miembros. Hoy en Praga quiero agradecer al primer ministro Fiala su activo papel a la hora de plantear la cuestión a escala europea, junto con la activación por parte de Bélgica del mecanismo de emergencia para el intercambio de información entre los Estados miembros.
Ursula von der Leyen, President of the European Commission
Si no podemos estar seguros de que podemos confiar en los contenidos que vemos en línea, existe el riesgo de que acabemos sin creer nada en absoluto. La publicidad engañosa supone un riesgo para nuestro debate en línea y, en última instancia, para nuestros derechos como consumidores y ciudadanos. Sospechamos que la moderación de Meta es insuficiente, que carece de transparencia de la publicidad y de los procedimientos de moderación de contenidos. Así pues, hoy hemos incoado un procedimiento contra Meta para evaluar su conformidad con la Ley de Servicios Digitales.
Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva responsable de Una Europa Adaptada a la Era Digital
La rápida y amplia difusión de opiniones e información en redes sociales como Instagram y Facebook ofrece grandes oportunidades. Sin embargo, las plataformas en línea también son vulnerables a la difusión de desinformación e injerencias extranjeras, en particular en el período previo a las elecciones. Estamos incoando procedimientos formales de infracción contra Meta porque sospechamos que incumplen las obligaciones de la Ley de Servicios Digitales en relación con la publicidad engañosa y el contenido político, y que no proporcionan a los investigadores, periodistas y partes interesadas electorales herramientas de seguimiento en tiempo real y mecanismos eficaces para detectar contenidos ilícitos.
Thierry Breton, comisario responsable de Mercado Interior
Fuente: DG COMM European Commission
Audiovisual: Photographer: François Walschaert European Union, 2017 Source: EC - Audiovisual Service