Madrid, 17 de abril de 2025
La Comisión propuso ayer acelerar la aplicación de determinados aspectos del Pacto sobre Migración y Asilo, adoptado el año pasado y cuya entrada en vigor está prevista para junio de 2026. La Comisión propone adelantar dos elementos clave del Reglamento sobre el procedimiento de asilo con el objetivo de ayudar a los Estados miembros a tramitar las solicitudes de asilo de forma más rápida y eficiente para los solicitantes cuyas peticiones puedan ser infundadas.
Además, y con el fin de apoyar el mismo objetivo, la Comisión propone hacer uso de una de las novedades del Pacto y establecer una lista de la UE de países de origen seguros: los nacionales de estos países verán sus solicitudes tramitadas con un procedimiento acelerado o fronterizo.
Anticipación de algunos elementos clave del Pacto: la Comisión propone aplicar ya dos importantes normas en el marco del Pacto antes de su entrada en vigor en junio del próximo año. Se trata de:
La Comisión también propone establecer una primera lista de la UE de países de origen seguros. Algunos Estados miembros ya disponen de listas nacionales de países de origen seguros. Una lista de la UE complementará estas solicitudes y fomentará una aplicación más uniforme del concepto, que permite a los Estados miembros tramitar las solicitudes de asilo de nacionales de países incluidos en la lista mediante un procedimiento acelerado, ya que es poco probable que sus solicitudes prosperen.
La Comisión propone establecer una primera lista de la UE que incluya a Kosovo, Bangladés, Colombia, Egipto, India, Marruecos y Túnez.
La Comisión también considera que, en principio, los países candidatos a la adhesión a la UE cumplen los criterios para ser designados como países de origen seguros, ya que, en su trayectoria de adhesión a la UE están trabajando en la consecución de la estabilidad de las instituciones que garantizan la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y el respeto y la protección de las minorías. Un país candidato solo quedaría excluido en determinadas circunstancias específicas: violencia indiscriminada en situaciones de conflicto, sanciones adoptadas por el Consejo contra ese país o una tasa de reconocimiento a escala de la UE de los solicitantes de asilo superior al 20 %.
La propuesta de la Comisión se basa en un análisis de la Agencia de Asilo de la UE y en otras fuentes, incluida la información de los Estados miembros, el ACNUR y el SEAE.
La lista de la UE de países de origen seguros puede ampliarse o revisarse con el tiempo. También se puede suspender o retirar a los países de la lista en caso de que dejen de cumplir los criterios para ser designados como países de origen seguros.
La designación como país de origen seguro no establece una garantía de protección para todos los nacionales de ese país. Los Estados miembros deben llevar a cabo una evaluación individual de cada solicitud de asilo, independientemente de que una persona proceda o no de un país de origen seguro.
Corresponde ahora al Parlamento Europeo y al Consejo llegar a un acuerdo sobre esta propuesta.
Contexto
Como parte de su labor para aplicar el Pacto, la Comisión ha ayudado a los Estados miembros a determinar los ámbitos en los que puede adelantarse el trabajo, a fin de acelerar determinados aspectos del Pacto que mejorarán la eficiencia de nuestro sistema de asilo.
La evaluación de si un tercer país es un país de origen seguro de conformidad con el Reglamento sobre el procedimiento de asilo se basó en una serie de intercambios con los Estados miembros, la AAUE, el Servicio Europeo de Acción Exterior, así como con ACNUR y otras partes interesadas, como organizaciones no gubernamentales.
La Agencia de Asilo de la Unión Europea estableció una metodología para apoyar la identificación de los países de origen seguros, teniendo en cuenta los países de origen desde los que llega a la UE un número significativo de casos de asilo. Se incluyen aquí los países candidatos a la adhesión a la UE; los países de origen con una tasa de reconocimiento a escala de la UE del 5 % o inferior, lo que crea un número significativo de casos de asilo en la UE; los países exentos de la obligación de visado con una tasa de reconocimiento a escala de la UE del 5 % o inferior, lo que crea un número significativo de casos de asilo en la UE; y los países que ya figuran en las listas existentes de países de origen seguros de los Estados miembros.
Más información
Citas:
Henna Virkkunen, vicepresidenta ejecutiva para la Soberanía Tecnológica, la Seguridad y la Democracia: «Hacer que los procedimientos de asilo sean más rápidos y eficientes es un objetivo fundamental del Pacto sobre Migración y Asilo acordado el año pasado. Con la propuesta de hoy, queremos avanzar en la aplicación de disposiciones clave, dotando a los Estados miembros de herramientas adicionales para racionalizar la tramitación del asilo»
Magnus Brunner, comisario de Asuntos de Interior y Migración: «Tenemos algo más de un año antes de que el Pacto sobre Migración y Asilo entre plenamente en vigor, pero en los aspectos en los que podemos avanzar más rápidamente, debemos hacerlo más rápidamente. Muchos Estados miembros se enfrentan a una importante acumulación de solicitudes de asilo, por lo que todo lo que podamos hacer ahora para apoyar decisiones de asilo más rápidas es esencial. Las disposiciones del Pacto sobre las tasas de reconocimiento y la aplicación del concepto de país de origen seguro pueden ayudar a los Estados miembros a tramitar las solicitudes con mayor rapidez, garantizando siempre que todas las solicitudes de asilo sigan recibiendo una evaluación individual y estén sujetas al control de los tribunales nacionales»
Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España
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