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La Comisión propone reducir el ciclo de liquidación de los valores de la UE de dos días a uno

12/02/2025 - Actualidad

La Comisión ha propuesto reducir de dos días a uno el plazo de liquidación de las operaciones de la UE con valores negociables. La modificación legislativa propuesta reduciría el ciclo de liquidación de determinados valores, como las acciones o los bonos ejecutados en centros de negociación de la UE, de dos días hábiles («T+2») a un día hábil («T+1») tras la contratación. La liquidación es el proceso mediante el cual el comprador recibe el valor y el vendedor recibe el efectivo. La adopción del ciclo T+1 tiene por objeto reforzar la eficiencia y la competitividad de los servicios de posnegociación de los mercados financieros de la UE, fundamentales para el buen funcionamiento de la Unión de Ahorros e Inversiones.

Tras haber estudiado detenidamente las recomendaciones contenidas en el informe de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) en cooperación con el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), así como las aportaciones de las partes interesadas, la Comisión propone una modificación específica del Reglamento sobre liquidación y depositarios centrales de valores.

La propuesta fija el 11 de octubre de 2027 como fecha apropiada para la transición al ciclo de liquidación en T+1. Este plazo dará a los participantes en el mercado tiempo suficiente para desarrollar, probar y acordar los procesos y normas necesarios para garantizar una introducción ordenada y satisfactoria del ciclo T+1 en los mercados de capitales de la UE. La propuesta también está preparada para el futuro, ya que establece una duración máxima para el ciclo de liquidación (T+1) permitiendo al mismo tiempo a los participantes en el mercado liquidar sus operaciones con mayor rapidez, en T+0.

Más concretamente, la propuesta de la Comisión de adoptar el ciclo de liquidación en T+1 pretende tener las siguientes repercusiones:

  • Promoverá una liquidación más eficiente y aumentará la resiliencia de los mercados de capitales de la UE. También contribuirá a desarrollar unos mercados de capitales más profundos y más líquidos, uno de los objetivos clave de la Unión de Ahorros e Inversiones. Los plazos de liquidación guardan una relación directa con los riesgos a los que se enfrentan los compradores y vendedores y con el tiempo que tienen que esperar los inversores para recibir el dinero o los valores que se les adeudan. Dado que el efectivo y los valores asignados que se reservan para una operación, así como las garantías reales previstas para las operaciones, se bloquean durante un período de tiempo más breve, los participantes en el mercado podrán participar en otras operaciones, liberar capital y aumentar los volúmenes de negociación más fácilmente. Además, la adopción del ciclo T+1 requerirá una mayor automatización de los procesos de posnegociación, lo que dará lugar a unos procesos de posnegociación más modernos y eficientes en toda la UE.
  • Evitará la fragmentación del mercado y reducirá los gastos derivados del desajuste entre los mercados financieros de la UE y otros mercados financieros mundiales, contribuyendo así a la competitividad de los mercados de capitales de la UE. Muchos países, como China, India, Estados Unidos y Canadá, ya han reducido su ciclo de liquidación a T+1. Otros mercados internacionales de capitales, como Reino Unido o Suiza, se han comprometido a adoptar el T+1 como ciclo de liquidación obligatorio, o están estudiando hacerlo. Los participantes en el mercado de la UE se han enfrentado a gastos para adaptarse a unos mercados de capitales que, cada vez en mayor número, funcionan con un ciclo de liquidación diferente del de la Unión.  El ciclo T+1 reducirá los gastos derivados de ese desajuste. Por último, la propuesta también impedirá que aumente la fragmentación del mercado al evitar que los participantes en el mercado de la UE sigan aplicando soluciones divergentes para hacer frente a ciclos de liquidación más cortos en otros mercados.

El análisis de la Comisión y el informe de la AEVM confirman que los beneficios esperados —como el aumento de la automatización y la eficiencia de los procesos posnegociación, la reducción del riesgo, los menores requisitos de margen y la eliminación de los costes y fricciones relacionados con los desajustes—, deberán, con el tiempo, superar en gran medida los costes iniciales derivados de las inversiones necesarias para la transición al ciclo T+1.

Siguientes pasos

La propuesta se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo para su consideración y adopción. Las modificaciones entrarán en vigor una vez que los colegisladores hayan alcanzado un acuerdo sobre la propuesta, y tras su publicación en el Diario Oficial de la UE.

Más información

Preguntas y respuestas

Propuesta de la Comisión por la que se modifica el Reglamento (UE) n.º 909/2014 en lo que respecta al acortamiento del ciclo de liquidación en la Unión Europea

Documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la propuesta

Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España

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