La Comisión ha propuesto reducir de dos días a uno el plazo de liquidación de las operaciones de la UE con valores negociables. La modificación legislativa propuesta reduciría el ciclo de liquidación de determinados valores, como las acciones o los bonos ejecutados en centros de negociación de la UE, de dos días hábiles («T+2») a un día hábil («T+1») tras la contratación. La liquidación es el proceso mediante el cual el comprador recibe el valor y el vendedor recibe el efectivo. La adopción del ciclo T+1 tiene por objeto reforzar la eficiencia y la competitividad de los servicios de posnegociación de los mercados financieros de la UE, fundamentales para el buen funcionamiento de la Unión de Ahorros e Inversiones.
Tras haber estudiado detenidamente las recomendaciones contenidas en el informe de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) en cooperación con el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), así como las aportaciones de las partes interesadas, la Comisión propone una modificación específica del Reglamento sobre liquidación y depositarios centrales de valores.
La propuesta fija el 11 de octubre de 2027 como fecha apropiada para la transición al ciclo de liquidación en T+1. Este plazo dará a los participantes en el mercado tiempo suficiente para desarrollar, probar y acordar los procesos y normas necesarios para garantizar una introducción ordenada y satisfactoria del ciclo T+1 en los mercados de capitales de la UE. La propuesta también está preparada para el futuro, ya que establece una duración máxima para el ciclo de liquidación (T+1) permitiendo al mismo tiempo a los participantes en el mercado liquidar sus operaciones con mayor rapidez, en T+0.
Más concretamente, la propuesta de la Comisión de adoptar el ciclo de liquidación en T+1 pretende tener las siguientes repercusiones:
El análisis de la Comisión y el informe de la AEVM confirman que los beneficios esperados —como el aumento de la automatización y la eficiencia de los procesos posnegociación, la reducción del riesgo, los menores requisitos de margen y la eliminación de los costes y fricciones relacionados con los desajustes—, deberán, con el tiempo, superar en gran medida los costes iniciales derivados de las inversiones necesarias para la transición al ciclo T+1.
Siguientes pasos
La propuesta se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo para su consideración y adopción. Las modificaciones entrarán en vigor una vez que los colegisladores hayan alcanzado un acuerdo sobre la propuesta, y tras su publicación en el Diario Oficial de la UE.
Más información
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la propuesta
Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España
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