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Nuevas normas sobre los tipos del IVA ofrecen a los Estados miembros más flexibilidad, al tiempo que sostienen las prioridades ecológicas, digitales y de salud pública de la UE

09/12/2021 - Actualidad

Bruselas, 7 de diciembre de 2021

La Comisión se congratula del acuerdo alcanzado hoy por los ministros de Hacienda de la UE para actualizar las normas vigentes que rigen los tipos del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de bienes y servicios. Estas nuevas normas ofrecerán a los gobiernos más flexibilidad en los tipos que pueden aplicar y garantizarán la igualdad de trato entre los Estados miembros de la UE. Al mismo tiempo, la legislación actualizada adaptará las normas del IVA a prioridades comunes de la UE, tales como la lucha contra el cambio climático, el apoyo a la digitalización y la protección de la salud pública. Ahora debe consultarse al Parlamento Europeo sobre este texto final.

Paolo Gentiloni, comisario de Economía, ha declarado lo siguiente: «El acuerdo por unanimidad alcanzado hoy para modernizar las normas que rigen los tipos del IVA es una excelente noticia. Este resultado de unas negociaciones maratonianas pone de manifiesto que, allí donde hay voluntad, hay manera, y esta es la vía europea. Los Estados miembros dispondrán de más flexibilidad a la hora de que sus sistemas de IVA reflejen las opciones políticas nacionales, garantizando al mismo tiempo la coherencia con las prioridades europeas comunes: las transiciones ecológica y digital y, por supuesto, la protección de la salud pública».

En detalle

Las normas vigentes de la UE sobre los tipos del IVA tienen casi treinta años y necesitaban con urgencia una modernización dada la evolución de las normas generales del IVA a lo largo de los años. Esta es la razón por la que la Comisión propuso en 2018 reformar los tipos del IVA.

El acuerdo alcanzado hoy garantizará que las normas de la UE en materia de IVA se ajusten plenamente a las prioridades políticas comunes de la UE. Lo anunciado hoy abordará estas cuestiones como sigue: 

  • Actualización de la lista de bienes y servicios (anexo III de la Directiva del IVA) a los que todos los Estados miembros pueden aplicar tipos reducidos del IVA. Entre los nuevos productos y servicios añadidos a la lista figuran los que protegen la salud pública, son buenos para el medio ambiente y sostienen la transición digital. Una vez que las normas entren en vigor, los Estados miembros también podrán eximir por primera vez del IVA a determinados bienes y servicios enumerados que se considera que satisfacen necesidades básicas.
  • Eliminación de aquí a 2030 de la posibilidad de que los Estados miembros apliquen tipos reducidos y exenciones a bienes y servicios considerados perjudiciales para el medio ambiente y para los objetivos de la UE en materia de cambio climático.
  • Puesta a disposición de todos los países de excepciones y exenciones para bienes y servicios específicos, que ahora estaban actualmente vigentes por razones históricas en algunos Estados miembros, a fin de garantizar la igualdad de trato y evitar distorsiones de la competencia. No obstante, las excepciones existentes que no estén justificadas por objetivos de política pública que no sean los que sostengan la acción de la UE en materia de clima deberán acabar antes de 2032.

Las nuevas normas de hoy están respaldadas por un acuerdo previo para trasladar el sistema del IVA de la UE a aquel en el que el IVA se paga en el Estado miembro del consumidor y no en el Estado miembro del proveedor. Esto garantiza que una mayor diversidad de tipos (como se ha acordado hoy) tenga menos probabilidades de perturbar el funcionamiento del mercado único o de crear distorsiones de la competencia. Al mismo tiempo, también evita la proliferación de tipos reducidos, lo que pondría en peligro la capacidad de los Estados miembros de recaudar ingresos en la era posterior a la COVID-19.

En los próximos años, los Estados miembros deberán proseguir sus esfuerzos por garantizar una recuperación sostenible tras la pandemia de COVID-19 e invertir intensamente en las transiciones ecológica y digital. La protección de los ingresos públicos es especialmente importante a este respecto. Esta es la razón por la que la legislación actualizada también especifica el nivel mínimo de los tipos reducidos, así como el número máximo de bienes y servicios del anexo III al que los Estados miembros pueden aplicar dichos tipos (véase el documento de preguntas y respuestas para más detalles). No obstante, por primera vez, los Estados miembros también podrán aplicar un tipo reducido inferior al 5 % o eximir del IVA a un pequeño número de artículos de la lista.

Próximas etapas

Las normas actualizadas se enviarán ahora al Parlamento Europeo para su consulta sobre el texto definitivo a más tardar en marzo de 2022. Una vez adoptada formalmente por los Estados miembros, la legislación entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, lo que permitirá a los Estados miembros aplicar el nuevo sistema a partir de esa fecha.

Más información

Preguntas y respuestas

Fuente: Comisión Europea representación ne España

Audiovisual: EC AV Portal