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Competencia: La Comisión adopta una Comunicación más flexible sobre orientaciones informales en materia de defensa de la competencia; retira el Marco Temporal Antimonopolio COVID

04/10/2022 - Actualidad

Bruselas, 3 de octubre de 2022

La Comisión Europea ha adoptado hoy una Comunicación sobre orientaciones informales actualizada que permite a las empresas recibir orientaciones informales sobre la aplicación de las normas de competencia de la UE a cuestiones nuevas o no resueltas. Esta Comunicación actualizada ofrece condiciones más flexibles y persigue aumentar la seguridad jurídica en beneficio de las empresas que deseen recibir orientaciones con miras al examen de la legalidad de sus actos con arreglo a las normas de la UE en materia de competencia. Las orientaciones informales adoptarán la forma de «cartas de orientación».  

La Comisión también ha decidido hoy retirar el Marco Temporal Antimonopolio COVID a la luz de la mejora relativa de la crisis sanitaria en Europa. El Marco Temporal Antimonopolio COVID, adoptado en abril de 2020, permitió a la Comisión evaluar proyectos de cooperación empresarial en respuesta a situaciones de urgencia derivadas de la pandemia de coronavirus.

 

Revisión de la Comunicación sobre orientaciones informales

La Comunicación sobre orientaciones informales de 2004 especificaba las circunstancias en las que la Comisión estudiaría la posibilidad de publicar orientaciones informales a las empresas sobre la aplicación de las normas de competencia de la UE. La Comunicación de 2004 contemplaba criterios estrictos que limitaban las circunstancias en las que la Comisión podía facilitar orientaciones informales. La herramienta nunca se utilizó por este motivo.

La Comisión invitó en mayo de 2022 a todas las partes interesadas a presentar sus observaciones sobre el proyecto de actualización de la Comunicación sobre orientaciones informales, en estrecha cooperación con las autoridades nacionales de competencia. En octubre de 2022, la Comisión publicó un informe resumido de los resultados de esa consulta.

El texto revisado adoptado hoy actualiza los criterios que permiten a la Comisión facilitar orientaciones informales a las empresas en los casos que planteen cuestiones nuevas o no resueltas, por ejemplo, en situaciones de crisis u otras emergencias. Será útil para las empresas que se dediquen a nuevas formas de hacer negocios y para las que se vean afectadas por crisis u otras emergencias.

 

En concreto, la herramienta revisada:

  • aumenta la flexibilidad de la Comisión a la hora de abordar una gama más amplia de cuestiones en sus cartas de orientación; permite a la Comisión tener en cuenta la pertinencia de las prácticas para la consecución de las prioridades de la Comisión y los intereses de la UE; y
  • amplía la definición de cuestiones «nuevas» en las que no hay «claridad» con arreglo al marco jurídico de la UE, de manera que abarque también los casos en los que no exista «claridad suficiente».

 

Marco Temporal Antimonopolio COVID

Al mismo tiempo, a la luz de la mejora de la situación sanitaria en Europa y de la relajación de las restricciones, la Comisión ha decidido retirar su Marco Temporal Antimonopolio COVID.

El Marco Temporal, adoptado el 8 de abril de 2020, establecía los principales criterios que la Comisión iba a aplicar a la hora de examinar los proyectos de cooperación destinados a hacer frente a la escasez del suministro de productos o servicios esenciales durante la pandemia de coronavirus. También introducía la posibilidad de que la Comisión proporcionara a las empresas seguridad por escrito (mediante «cartas de compatibilidad» ad hoc) sobre proyectos de cooperación específicos y bien definidos que entraran en su ámbito de aplicación.

La Comisión considera oportuno retirar el Marco Temporal, dado que ya no se dan las circunstancias excepcionales y los retos conexos que justifiquen la necesidad de que las empresas cooperen para paliar los efectos de la crisis.

En caso de deterioro repentino e inesperado de la situación sanitaria y de las consiguientes interrupciones del suministro de productos y servicios esenciales, las empresas podrán solicitar orientaciones con arreglo a la Comunicación sobre orientaciones informales revisada.

 

Contexto

El Reglamento 1/2003 [Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002] estableció un sistema de aplicación de las normas de defensa de la competencia de conformidad con los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El sistema se basa en la autoevaluación, ya que las empresas suelen ser las más indicadas para valorar la legalidad de sus actos. Están más próximas a la realidad y tienen a su disposición el marco de evaluación en forma de reglamentos de exención por categorías, la casuística, directrices y comunicaciones de la Comisión, y la jurisprudencia de los tribunales de la UE.

Sin embargo, el Reglamento (CE) n.º 1/2003 permite a la Comisión facilitar orientaciones informales a las empresas en los casos en que estas tengan dudas reales sobre la aplicación de las normas en materia de defensa de la competencia.

Sobre esta base, la Comisión adoptó en 2004 la Comunicación sobre orientaciones informales a propósito de cuestiones nuevas relacionadas con los artículos 101 y 102 del TFUE que surjan en asuntos concretos. El objeto de la Comunicación era especificar las circunstancias en las que la Comisión estudiaría la posibilidad de publicar orientaciones informales para las empresas.

Con respecto al Marco Temporal Antitrust COVID, la Comisión publicó el 8 de abril de 2020 una carta de compatibilidad dirigida a «Medicamentos para Europa», una asociación de fabricantes farmacéuticos y empresas participantes en relación con un proyecto de cooperación voluntaria para hacer frente al riesgo de escasez de medicamentos hospitalarios esenciales para el tratamiento de pacientes de coronavirus. El 25 de marzo de 2021, la Comisión emitió una nueva carta de compatibilidad, dirigida a los coorganizadores de un acto paneuropeo de búsqueda de contactos, cuyo objetivo era eliminar los cuellos de botella en la producción actual de vacunas contra la COVID-19 y acelerar el uso de las capacidades adicionales disponibles en toda Europa.

Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España

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