Bruselas, 29 de septiembre de 2022
La Comisión ha tomado hoy medidas legales contra once Estados miembros, instándoles a acelerar la aplicación de la Directiva sobre plásticos de un solo uso y reducir así el impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente y la salud humana. Bélgica, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Francia, Croacia, Letonia, Polonia, Portugal, Eslovenia y Finlandia no han comunicado a la Comisión las medidas necesarias para garantizar la plena transposición de la Directiva.
En nuestros mares, océanos y playas se acumulan productos de plástico de un solo uso. Al utilizarse solo una vez o durante poco tiempo antes de desecharse, es más probable que estos productos vayan a parar a nuestros mares que en el caso de sus alternativas reutilizables. Aunque los plásticos son un material práctico, útil y valioso, los plásticos desechados provocan daños medioambientales e inciden negativamente en nuestra economía. Más del 80 % de los residuos marinos son plásticos, los cuales ocasionan daños al medio ambiente, especialmente daños directos a la vida y las aves marinas, e incluso pueden entrar en la cadena alimentaria humana cuando se descomponen en microplásticos. Los efectos negativos de los plásticos desechados en la economía son palpables en sectores como el turismo, la pesca y el transporte marítimo.
A través del Pacto Verde Europeo, la Comisión ha propuesto políticas y medidas para una economía circular en la que los plásticos se utilicen de manera más sostenible y se reutilicen y reciclen, reduciendo así los residuos, la contaminación y los costes de su limpieza. La Directiva sobre los plásticos de un solo uso es un componente fundamental de la Estrategia sobre el Plástico de la Comisión y del Plan de Acción para la Economía Circular, ya que estimula la producción y el uso de alternativas sostenibles que eviten la basura marina. Además, la Directiva contribuye al objetivo europeo de contaminación cero, en beneficio de la salud pública, el medio ambiente y la neutralidad climática. Su objetivo es reducir la basura plástica vertida al mar en un mínimo del 50 % de aquí a 2030.
Aplicación de la Directiva sobre plásticos de un solo uso
La Directiva entró en vigor el 3 de julio de 2019, y los Estados miembros tenían dos años para incorporarla al Derecho nacional, de modo que empezaran a aplicarse sobre el terreno las obligaciones derivadas en ella. Pero no todos los Estados miembros han incorporado la Directiva a su legislación en el plazo estipulado.
Cuando un Estado miembro no introduce medidas que incorporen plenamente al Derecho nacional las disposiciones de una directiva europea en el plazo establecido, se priva a los ciudadanos de los beneficios y derechos allí contemplados.
En enero de 2022, la Comisión incoó procedimientos de infracción, enviando como primer paso cartas de emplazamiento a dieciséis Estados miembros que aún no habían incorporado plenamente la Directiva al Derecho nacional. De esos dieciséis casos, uno (España) se archivó en el marco del paquete de procedimientos de infracción de julio y otros cuatro se archivan hoy (Chipre, Lituania, Luxemburgo y Eslovaquia) al haberse adoptado las medidas necesarias. Dos casos están pendientes del análisis de las medidas comunicadas (Chequia y Malta). Sin embargo, siguen faltando las medidas de transposición completas en el caso de Bélgica, Estonia, Irlanda, Croacia, Letonia, Polonia, Portugal, Eslovenia y Finlandia, por lo que la Comisión ha decidido enviar dictámenes motivados a esos países. Estos Estados miembros tienen ahora dos meses para responder y tomar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea con una propuesta de imposición de sanciones financieras.
Además, Dinamarca y Francia habían indicado inicialmente que su transposición estaba completa, pero, tras el análisis correspondiente, la Comisión constató que faltaban algunas disposiciones. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar también sendas cartas de emplazamiento a estos dos Estados miembros. Dinamarca y Francia tienen desde ahora dos meses para responder y poner remedio a la situación; de lo contrario, la Comisión podría dirigirles un dictamen motivado.
Contexto
Las medidas de ejecución que la Comisión adopta hoy buscan proteger a los ciudadanos y el medio ambiente de la contaminación debida a los plásticos y, al mismo tiempo, impulsar el crecimiento y la innovación. Se trata de apoyar la transición hacia una economía más sostenible y circular y de contribuir a situar a las empresas y los consumidores europeos en primera línea de la producción y uso de alternativas sostenibles, que eviten los desechos marinos y la contaminación de los océanos, abordando así un problema que tiene consecuencias en todo el planeta.
Las medidas clave que en virtud de la Directiva sobre plásticos de un solo uso deben adoptar los Estados miembros son las siguientes:
Objetivos específicos fijados por la Directiva:
El procedimiento de infracción, consagrado en los Tratados de la UE, establece que la Comisión puede emprender acciones legales contra los Estados miembros que no transpongan de manera oportuna y precisa las directivas a su legislación nacional.
Para evitar efectos nocivos en la salud humana y en el medio ambiente, se han establecido normas medioambientales que reflejan los datos sanitarios y técnicos más recientes. La deficiente aplicación de la legislación y las políticas en materia medioambiental acarrea a la sociedad costes medioambientales, económicos y sociales, y genera desigualdad en las condiciones de competencia entre los agentes económicos.
Más información
Aplicación de la legislación medioambiental de la UE: beneficios y logros
Mapa interactivo de casos de infracción medioambiental en la UE
Estudio: los costes de no aplicar la normativa de medio ambiente de la UE
En relación con las principales decisiones del paquete de procedimientos de infracción del mes de septiembre de 2022, véase la nota informativa correspondiente.
Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España
Audiovisual: EC AV Portal