La Comisión Europea ha aprobado el segundo régimen marco para respaldar a la economía española en el contexto de la pandemia de coronavirus.
i) Subvenciones directas, inyecciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos de hasta 100 000 EUR a una empresa activa en el sector agrícola primario, hasta 120 000 EUR a una empresa activa en el sector de la pesca y la acuicultura y hasta 800 000 EUR a una empresa activa en todos los demás sectores para satisfacer sus necesidades urgentes de liquidez. Los Estados miembros también pueden conceder, hasta un valor nominal máximo de 800 000 EUR por empresa, préstamos a tipo cero o garantías sobre préstamos que cubran el 100 % del riesgo, excepto en el sector agrícola primario y en el de la pesca y la acuicultura, donde se aplican los límites de 100 000 y 120 000 EUR por empresa, respectivamente.
ii) Garantías estatales para préstamos concedidos a empresas a fin de garantizar que los bancos sigan concediendo préstamos a los clientes que los necesiten. Estas garantías estatales pueden cubrir hasta el 90 % del riesgo de impago para ayudar a las empresas a cubrir necesidades inmediatas de capital circulante e inversión.
iii) Bonificaciones a los préstamos públicos a las empresas con tipos de interés favorables para estas. Estos préstamos pueden ayudar a las empresas a cubrir necesidades inmediatas de capital circulante e inversión.
iv) Salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real, estableciéndose que estas ayudas se consideran ayudas directas a los clientes de los bancos, no a los propios bancos, y ofrecen orientaciones sobre cómo minimizar el falseamiento de la competencia entre los bancos.
v) Seguro público de crédito a la exportación a corto plazo para todos los países, sin necesidad de que el Estado miembro en cuestión tenga que demostrar que el país en cuestión «no es negociable» temporalmente.
vi) Ayuda a la investigación y desarrollo (I+D) relacionada con el coronavirus a fin de hacer frente a la actual crisis sanitaria en forma de subvenciones directas, anticipos reembolsables o ventajas fiscales. Se podrá conceder una prima a los proyectos de cooperación transfronteriza entre Estados miembros.
vii) Ayuda para la construcción y mejora de las infraestructuras de ensayo y ampliación de escala al objeto de desarrollar y ensayar productos (incluidas vacunas, respiradores y ropa de protección) útiles para atajar la pandemia de coronavirus, hasta el primer despliegue industrial. Estas ayudas pueden adoptar la forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión esté respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión concluya en el plazo de dos meses tras la concesión de la ayuda.
viii) Apoyo a la producción de productos de interés para combatir la pandemia de coronavirus en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión esté respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión concluya en el plazo de dos meses tras la concesión de la ayuda.
ix) Ayuda específica en forma de aplazamiento del pago de impuestos y/o suspensiones de las cotizaciones a la seguridad social para los sectores, las regiones o los tipos de empresas más afectados por la pandemia.
x) Apoyo específico en forma de subsidios salariales para los empleados destinado a las empresas en los sectores o regiones que más han sufrido la pandemia de coronavirus que, de no ser así, se verían abocadas a reducir personal.
El Marco Temporal permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de apoyo, excepto en el caso de los préstamos y garantías para el mismo préstamo que rebasen los umbrales previstos en el Marco Temporal. También permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de apoyo concedidas en virtud del Marco Temporal con las posibilidades existentes de conceder ayudas de minimis por valor de hasta 25 000 EUR a lo largo de tres ejercicios fiscales a una empresa activa en el sector agrícola primario, hasta 30 000 EUR a lo largo de tres ejercicios fiscales a una empresa activa en el sector de la pesca y la acuicultura y hasta 200 000 EUR a lo largo de tres ejercicios fiscales a una empresa activa en todos los demás sectores. Al mismo tiempo, los Estados miembros deben comprometerse a evitar la acumulación indebida de medidas de apoyo a las mismas empresas de modo que estas se limiten a satisfacer sus necesidades reales. Por otra parte, el Marco Temporal complementa las muchas otras posibilidades de que ya disponen los Estados miembros para mitigar el impacto socioeconómico de la pandemia de coronavirus, en consonancia con las normas sobre ayudas estatales de la UE. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a una respuesta económica coordinada al brote de la COVID-19 en la que se exponen estas posibilidades. Por ejemplo, los Estados miembros podrán introducir cambios de aplicación general en favor de las empresas (por ejemplo, el aplazamiento del pago de impuestos o la subvención a la reducción del tiempo de trabajo en todos los sectores) no incluidos en el ámbito de aplicación de las normas sobre ayudas estatales. También podrán indemnizar a las empresas por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la pandemia de coronavirus y provocados directamente por ella. El Marco Temporal estará vigente hasta el final de diciembre de 2020. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esa fecha su eventual prórroga. La versión no confidencial de la decisión correspondiente se publicará con el número de asunto SA.57019 en el Registro de Ayudas Estatales del sitio web de competencia de la Comisión, una vez que se hayan resuelto los posibles problemas de confidencialidad. La lista de las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en internet y en el Diario Oficial figura en las noticias semanales en línea sobre ayudas estatales. Puede encontrar aquí más información sobre el Marco Temporal y otras medidas adoptadas por la Comisión para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. Fuente: Comisión Europea Representación en España