La Comisión ha adoptado un paquete de decisiones de infracción debido a que los Estados miembros no han comunicado las medidas adoptadas para transponer las directivas de la UE a su Derecho nacional. La Comisión ha enviado una carta de emplazamiento a los Estados miembros que no han notificado las medidas nacionales de transposición de las directivas, cuyo plazo de transposición ha expirado recientemente. En este caso, hay 27 Estados miembros que aún no han notificado las medidas de transposición completa de once directivas de la UE en el ámbito del medio ambiente, la estabilidad financiera, los servicios financieros y la unión de los mercados de capitales, la justicia, la fiscalidad, la movilidad y el transporte. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para responder a las cartas de emplazamiento y completar su transposición, o bien la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre la notificación de las previsiones de emisiones de contaminantes atmosféricos La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción mediante el envío de cartas de emplazamiento a Bulgaria, Dinamarca, Alemania, Chipre, Hungría, Países Bajos, Portugal, Eslovaquia y Finlandia por no haber transpuesto a su legislación nacional la Directiva Delegada (UE) 2024/299 de la Comisión . La Directiva Delegada garantiza que la notificación de las previsiones de emisiones de contaminantes atmosféricos por parte de los Estados miembros a la Comisión y a la Agencia Europea de Medio Ambiente se ajuste a la notificación similar al Convenio de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia (Convenio LRTAP). La armonización de estas obligaciones de notificación reduce la carga administrativa innecesaria para los Estados miembros. Estos informes permiten a la Comisión verificar si los Estados miembros están cumpliendo sus obligaciones de reducción de emisiones, tal como se establece en la Directiva (UE) 2016/2284 relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos. Sin embargo, los Estados miembros afectados no han comunicado sus medidas de transposición a la Comisión antes del 31 de diciembre de 2024. Por ello, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a dichos Estados miembros, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente una directiva que restringe determinadas sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos
La Comisión Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Chipre por no haber transpuesto a su legislación nacional la Directiva Delegada (UE) 2024/1416 de la Comisión por la que se modifica la Directiva sobre la restricción de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos ( Directiva 2011/65/UE – Directiva RoHS). La Directiva RoHS restringe el uso de sustancias peligrosas, como el cadmio, para proteger la salud humana y el medio ambiente, y permite la recuperación y el tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de forma respetuosa con el medio ambiente. La Directiva RoHS permite, en determinadas condiciones, exenciones limitadas en el tiempo de las restricciones al uso de diferentes sustancias. Una exención se refiere al cadmio en determinadas aplicaciones LED. La Directiva Delegada limita el alcance de la exención en vista del progreso técnico avanzado, contribuyendo así a reducir la cantidad de cadmio comercializado. Sin embargo, Chipre no ha comunicado sus medidas de transposición a la Comisión. Por ello, la Comisión envía cartas de emplazamiento a Chipre, que dispone ahora de dos meses para responder y completar su transposición. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado .
La Comisión pide a los Estados miembros que completen la transposición al Derecho nacional de la Directiva sobre determinados aspectos del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
La Comisión Europea decidió incoar un procedimiento de infracción enviando cartas de emplazamiento a 17 Estados miembros (Austria, Bélgica, Bulgaria, Alemania, Dinamarca, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Lituania, Letonia, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia y Eslovaquia) por no haber transpuesto completamente la Directiva Daisy Chains II ( Directiva (UE) 2024/1174 ). Los Estados miembros debían transponerla al Derecho nacional antes del 13 de noviembre de 2024. La Directiva Daisy Chains II modifica la Directiva de reestructuración y resolución bancarias ( Directiva 2014/59/UE) con el objetivo de introducir proporcionalidad en la aplicación del colchón de deuda que deben mantener los bancos y las empresas de inversión para poder absorber pérdidas y ser recapitalizados en la resolución (los denominados «requisitos mínimos de fondos propios y pasivos admisibles» o «MREL»). Más concretamente, la Directiva Daisy Chains II introduce el concepto de «entidades de liquidación» y establece que, por regla general, estas no deben estar sujetas al MREL, a menos que la autoridad de resolución decida lo contrario caso por caso. La plena aplicación de la legislación es fundamental para mejorar la resolubilidad de los bancos y evitar problemas de igualdad de condiciones entre las distintas estructuras de los grupos bancarios. Por ello, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a los 17 Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para completar su transposición y notificar sus medidas nacionales de aplicación a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que notifiquen la transposición de la Directiva relativa a los ajustes de los criterios de tamaño para las microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas o grupos
La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a Chipre, Chequia, España, Malta y Portugal por no notificar la transposición de la Directiva Delegada por la que se modifica la Directiva contable por la que se adaptan los criterios de tamaño de las microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas o grupos a la inflación ( Directiva 2023/2775 ). Los Estados miembros tenían que asegurarse de que las medidas de esta Directiva se transpusieran al Derecho nacional y notificar a la Comisión a más tardar el 24 de diciembre de 2024. Esta Directiva tiene por objeto aumentar los criterios de tamaño monetarios de la Directiva contable para determinar la categoría de tamaño de una empresa para ajustar el impacto de la inflación desde 2013. Esto garantiza que las microempresas, pequeñas y medianas empresas no estén sujetas a disposiciones indebidas de la UE en materia de información financiera y de sostenibilidad aplicables a las empresas más grandes y es clave para reducir aún más la carga administrativa. Por tanto, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a los cinco Estados miembros afectados. Disponen ahora de dos meses para presentar sus observaciones. Aunque los Estados miembros comprueben que la legislación vigente ya se ajusta a las disposiciones de la Directiva, están obligados a notificar a la Comisión las disposiciones nacionales pertinentes. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva relativa al intercambio de información entre las autoridades policiales de los Estados miembros
La Comisión Europea decidió incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a 18 Estados miembros (Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Croacia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía y Eslovenia) por no haber transpuesto plenamente la Directiva relativa al intercambio de información entre las autoridades policiales de los Estados miembros ( Directiva 2023/977 ). Los Estados miembros tenían que transponer la Directiva a su Derecho nacional antes del 12 de diciembre de 2024. La Directiva tiene por objeto reforzar la prevención, detección e investigación de delitos penales en la UE, garantizando que los agentes de policía de un Estado miembro tengan un acceso equivalente a la información disponible que los de otro Estado miembro. Establece las normas organizativas y de procedimiento sobre el intercambio de información entre las autoridades policiales de los Estados miembros de la UE, incluido el establecimiento de un punto de contacto único, que actúe como «ventanilla única» para el intercambio de información con otros Estados miembros de la UE. La plena aplicación de la legislación reforzará la lucha contra las actividades delictivas con una dimensión transfronteriza, como la delincuencia organizada, el tráfico de drogas, el terrorismo, la explotación sexual y la trata de seres humanos en toda la Unión Europea. Por ello, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a los 18 Estados miembros afectados, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que comuniquen las medidas de transposición de las disposiciones sobre el documento de viaje de emergencia de la UE
La Comisión Europea decidió incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Bélgica, Alemania, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, los Países Bajos, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia por no comunicar la transposición completa de la Directiva (UE) 2019/997 del Consejo por la que se establece un documento de viaje de emergencia uniforme de la UE. La Directiva establece que los Estados miembros expidan documentos de viaje de emergencia de la UE a los ciudadanos de la UE cuyos pasaportes se hayan perdido, robado o destruido estando en el extranjero, para permitirles regresar a sus países de origen o residencia. La expedición de documentos de viaje de emergencia a ciudadanos de la UE es el tipo más común de protección consular proporcionada en los casos en que el Estado miembro de la nacionalidad de la persona no tiene representación consular en el tercer país en el que se encuentra. Los Estados miembros tenían hasta el 9 de diciembre de 2024 para transponer la Directiva, así como la Directiva Delegada (UE) 2024/1986 de la Comisión que la acompaña , a su legislación nacional. Todos los Estados miembros empezarán a expedir el documento de viaje de emergencia uniforme de la UE el 9 de diciembre de 2025. Hasta la fecha, los 11 Estados miembros mencionados no han comunicado a la Comisión la transposición completa de las Directivas. Por ello, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que comuniquen las medidas de transposición de las disposiciones de la Directiva sobre el equilibrio de género en los consejos de administración de las empresas
La Comisión Europea decidió incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Bélgica, Chequia, Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungría, los Países Bajos, Austria y Rumanía por no comunicar a la Comisión las medidas respectivas sobre la transposición de la Directiva relativa a la mejora del equilibrio de género entre los administradores de las empresas cotizadas y medidas conexas ( Directiva 2022/2381) ; y enviando una carta de emplazamiento a Bulgaria, Dinamarca, Irlanda, Francia, Polonia y Portugal por haber notificado solo la transposición parcial de la Directiva.
La Directiva sobre el equilibrio de género en los consejos de administración de las empresas tiene como objetivo una representación de género más equilibrada en los consejos de administración de las empresas cotizadas en todos los Estados miembros de la UE. La Directiva establece un objetivo del 40 % del sexo subrepresentado entre los administradores no ejecutivos de las grandes empresas cotizadas de la UE, y del 33 % entre todos los administradores.
La Directiva entró en vigor en diciembre de 2022 y los Estados miembros tenían hasta el 28 de diciembre de 2024 para transponer sus disposiciones. Por ello, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Grecia, Francia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal y Rumanía, que disponen ahora de dos meses para responder, completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre seguridad de los transbordadores
La Comisión Europea ha decidido abrir procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a cuatro Estados miembros, Bulgaria, Luxemburgo, Países Bajos y Polonia, por no haber transpuesto plenamente la Directiva 2023/946 sobre seguridad de los transbordadores. El nuevo conjunto de normas se aplica a los buques de nueva construcción y a los certificados para operar en la UE por primera vez. La plena aplicación de la Directiva es esencial para mejorar la seguridad de los transbordadores, protegiendo a los pasajeros de las inundaciones en caso de colisión y garantizando que las normas de la UE se ajusten a las normas internacionales establecidas por la Organización Marítima Internacional (OMI). La fecha límite para que los Estados miembros transpusieran la Directiva a su legislación nacional era el 5 de diciembre de 2024. Por tanto, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a los cuatro Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder, completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre el régimen especial del IVA para las pequeñas empresas
La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción enviando cartas de emplazamiento a ocho Estados miembros (Bulgaria, Irlanda, Grecia, España, Chipre, Lituania, Portugal y Rumanía) por no haber transpuesto la Directiva sobre el régimen especial del IVA para las pequeñas empresas ( Directiva 2020/285 ). Los Estados miembros debían transponer esta Directiva a su Derecho nacional a más tardar el 31 de diciembre de 2024. La Directiva sobre el régimen especial del IVA permite a las pequeñas empresas vender bienes y servicios sin cobrar el IVA y alivia sus obligaciones de cumplimiento del IVA. Además, las pequeñas empresas establecidas en un Estado miembro distinto del deudor del IVA pueden eximir sus suministros del IVA del mismo modo que las pequeñas empresas establecidas a nivel nacional pueden hacerlo en su respectivo Estado miembro. Por tanto, la Comisión envía cartas de emplazamiento a los ocho Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre los tipos del IVA
La Comisión Europea ha decidido incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a siete Estados miembros (Bélgica, Bulgaria, Grecia, España, Lituania, Portugal y Rumanía) por no haber comunicado la transposición completa de la Directiva sobre los tipos del IVA (Directiva 2022/542) . Los Estados miembros debían comunicar la transposición completa de esta Directiva a su Derecho nacional a más tardar el 31 de diciembre de 2024. La Directiva sobre los tipos del IVA permite un uso más amplio por parte de los Estados miembros de los tipos reducidos, incluido el uso de tipos cero para productos esenciales como alimentos, productos farmacéuticos y productos destinados a uso médico. Además, se abrieron a todos los Estados miembros los tipos de IVA específicos de cada país, denominados excepciones, garantizando así la igualdad de trato en toda la Unión. Por tanto, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que ahora tienen dos meses para responder, completar su transposición y notificar sus medidas nacionales a la Comisión. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
Fuente: Departamento de Prensa de la Representación de la Comisión Europea en España
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